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Transporte Radiactivo en México

El transporte de materiales radiactivos en México es una actividad de alta especialidad regulada por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CNSNS). A diferencia del transporte de carga general, este servicio requiere blindajes certificados, personal con registro POE y permisos federales específicos.

MISSA se especializa exclusivamente en materiales radiactivos, garantizando que cada traslado cumpla con la normativa de seguridad física y radiológica vigente.

¿Por qué existe confusión entre residuos peligrosos y materiales radiactivos?

Legal y técnicamente existe una frontera muy clara. Mientras los residuos químicos o RPBI se rigen por SEMARNAT, los materiales radiactivos están bajo la jurisdicción exclusiva de la CNSNS.

"Esta diferencia no es solo administrativa: un error en el manejo radiactivo genera sanciones federales graves y responsabilidad directa para el propietario."

¿Qué se considera material radiactivo según la normativa?

  • 🔹 Fuentes selladas: Radionúclidos contenidos herméticamente.
  • 🔹 Fuentes abiertas: Incluyendo desechos líquidos especiales.
  • 🔹 Equipos: Sistemas para medición, diagnóstico o terapia médica.

Materiales que califican para nuestro servicio

Realizamos traslados especializados para Fuentes selladas industriales (Gammagrafía, medidores de espesor) y Equipos médicos (Radioterapia, Medicina Nuclear y fuentes de calibración para SPECT/PET).

Etapas de un traslado profesional

  1. Evaluación técnica del material y embalaje.
  2. Clasificación y revisión de documentación (etiquetado/rotulado).
  3. Integración de permisos federales y ejecución bajo protocolos de seguridad.
  4. Avisos e informes a CNSNS y SICT.
Transporte de Seguridad Radiologica
TRANSPORTE MATERIAL RADIOACTIVO

Preguntas Frecuentes

La Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CNSNS) y la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).

Sí. Los Materiales Radiactivos están implícitos entre las 9 clases de Materiales y Residuos Peligrosos de acuerdo con la clasificación internacional. De hecho, los Materiales Radiactivos son Clase 7.

Sin embargo, por su connotación específica que la Constitución le dio a estos materiales (dentro del Artículo 27 constitucional en materia nuclear), se ha hecho un reglamento específico para este transporte que es el REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE SEGURO DE MATERIALES RADIACTIVOS. De ahí que la SICT ha dejado el tema técnico en manos de este reglamento, sin dejar de prever otros requerimientos inherentes a todo material peligroso.

, permisos federales específicos y personal autorizado con registro vigente.

La responsabilidad recae legalmente tanto en el transportista como en el propietario del material.